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Ley 6/95 de 21 de abril de 1.995 de modificaci�n de los l�mites
del Parque Regional de Sierra Espu�a

bolet�n

  • BORM n� 102 de 04/05/1995

Texto completo

La Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenaci�n y Protecci�n del Territorio de la Regi�n de Murcia, reclasific� como parque regional el parque natural de Sierra Espu�a, creado por Real Decreto 357/1978, de 10 de noviembre, manteniendo la superficie y l�mites establecidos en el mismo.

En el proceso de elaboraci�n del Plan de Ordenaci�n de los Recursos Naturales del citado parque, aprobado por Decreto regional 13/1995, de 31 de marzo, los estudios t�cnicos correspondientes, adaptados a los modernos criterios de valoraci�n y conservaci�n de los recursos naturales, han puesto de manifiesto que el conjunto ambiental homog�neo de Sierra Espu�a, merecedor de protecci�n sobrepasa ampliamente los l�mites establecidos y, consecuentemente, el citado Decreto regional propone la modificaci�n de los mismos con un alcance superior al que permitir�a la aplicaci�n de la disposici�n adicional tercera, apartado cinco, de la Ley 4/1992, de 30 de julio.

Por ello, procede ahora la fijaci�n por ley de los nuevos l�mites, conforme a lo dispuesto en el art�culo 48 de la citada Ley 4/1992, de 30 de julio.

Art�culo �nico.

Se modifican los l�mites del Parque Regional de Sierra Espu�a, a que se refiere la disposici�n adicional tercera de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenaci�n y Protecci�n del Territorio de la Regi�n de Murcia, conforme se indica a continuaci�n, con lo que pasa a tener una superficie de 17.804 hect�reas, afectando a los t�rminos municipales de Alhama de Murcia, Totana y Mula.

-Norte: L�mites exteriores del monte n�mero 79 del Cat�logo de Utilidad P�blica (CUP) denominado �Umbr�a de la Sierra de Espu�a�, de la pertenencia y t�rmino municipal de Mula, entre el moj�n denominado �de Mula, Lorca y Totana� y el moj�n 248 (252), sito en el l�mite con el t�rmino municipal de Alhama de Murcia y con el monte n�mero 28 del CUP, pertenencia de la Comunidad Aut�noma de la Regi�n de Murcia.

Se excluyen del parque regional los terrenos privados, mayoritariamente agr�colas (Hoya Noguera y El Berro), as� como el propio n�cleo rural de El Berro, que quedan entre los montes n�mero 79 y 28 del CUP (t�rminos municipales de Mula y Alhama de Murcia).

-Este: Contin�a por el l�mite exterior del monte n�m. 28, incluyendo los terrenos privados de Las Majadas que se identifican con las parcelas catastrales 53, 54, 55, 57 y 58 del pol�gono 2, y la parcela 50-a del pol�gono 3. Tambi�n se incluyen los terrenos p�blicos del Cabezo Salaoso y terrenos forestales privados del Pico Moriana, situados por encima del canal del trasvase, hasta contactar con el monte n�mero 29 del CUP, pertenencia de la Comunidad Aut�noma, ya en el t�rmino municipal de Totana.

-Sur: Sigue la linde exterior del citado monte n�mero 29, incorporando el monte n�mero 83 del CUP, denominado Coto de Santa Eulalia, pertenencia y t�rmino municipal de Totana.

-Oeste: Contin�a otra vez por el monte n�mero 29 y sigue por la carretera MU-503, de Aledo a la C-5, excluyendo los terrenos agr�colas contiguos de los parajes de El Purgatorio, La Fragua y El Puntal, hasta el l�mite municipal entre Lorca y Totana y, desde aqu�, excluyendo terrenos agr�colas, hasta el moj�n de los tres municipios.

DISPOSICION FINAL

La presente Ley entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el �Bolet�n Oficial de la Regi�n de Murcia�.

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� Regi�n de Murcia

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